El Gobierno riojano dice que algunas normas forales se podrán recurrir en tribunales ordinarios

El Gobierno riojano dice que algunas normas forales se podrán recurrir en tribunales ordinarios

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El Gobierno de La Rioja ha señalado hoy que la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la Ley Orgánica 1/2010 por la que se estableció el blindaje del Concierto Económico, aunque desestima el recurso de inconstitucionalidad interpuesto, “impone ciertos criterios de interpretación que permitirán al Ejecutivo riojano recurrir en los tribunales ordinarios determinadas normas forales de carácter fiscal”.

En este sentido, el Gobierno de La Rioja recuerda que el denominado 'blindaje' supone equiparar las normas fiscales dictadas por las Juntas Generales de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya con las leyes emanadas del Poder Legislativo y, por lo tanto, dejan de estar sujetas al control ordinario de la jurisdicción contencioso-administrativa, lo que conlleva que la Comunidad Autónoma de La Rioja no tendría la posibilidad de recurrir estas normas en defensa de sus intereses.

Por este motivo, el Gobierno de La Rioja presentó el 26 de abril de 2010 un recurso de inconstitucionalidad, al que se sumaron posteriormente los recursos presentados por el Parlamento riojano y las Cortes y la Junta de Castilla y León.

La sentencia del Tribunal Constitucional desestima el recurso pero impone ciertos criterios de interpretación que matizan el planteamiento que la Ley Orgánica 1/2010 había realizado sobre las normas fiscales forales.

En concreto, indica que “sólo estarán blindadas determinadas normas forales de carácter fiscal (y sólo algunas de ellas) en cuanto desconozcan o contradigan el bloque de constitucionalidad, y estarán excluidos los supuestos de vinculación de tratados o convenios internacionales o las normas de armonización fiscal de la Unión Europa o las impugnaciones por vicios formales o procedimentales”. En estos casos, las normas forales de carácter fiscal se podrán recurrir en los tribunales ordinarios.

En definitiva, la sentencia del Tribunal Constitucional, “aunque no estima todas las pretensiones de La Rioja, acoge varios de sus argumentos, y abre la puerta a la protección de los derechos de los empresarios y trabajadores de La Rioja, por parte del Parlamento y el Gobierno de La Rioja, cuando estimen que una norma fiscal foral puede tener contenido discriminatorio”.

Por último, el Gobierno de La Rioja subraya que mantiene siempre una “actitud vigilante” para “evitar que el legítimo ejercicio de los derechos históricos que origina el Concierto Vasco pueda provocar distorsiones que perjudiquen los intereses económicos de nuestra comunidad y buscará el amparo de dichos intereses ante el Gobierno de España y la Unión Europea”

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