Los Ayuntamientos tendrán que devolver las plusvalías a quienes no hayan obtenido beneficio en la venta de inmuebles

Los Ayuntamientos tendrán que devolver las plusvalías a quienes no hayan obtenido beneficio en la venta de inmuebles

Rioja2

0

El pasado viernes el Tribunal Constitucional dictaba una sentencia que anulaba el impuesto municipal de plusvalías en los casos en los que no hay ganancias. Es decir, elimina este impuesto en los casos en los que la venta de un inmueble no ha supuesto ningún beneficio, algo relativamente frecuente en estos últimos años de crisis, en los que los pisos se venden a precios más bajos del que fueron comprados.

Si este es su caso, los abogados recomiendan en primer lugar presentar una solicitud de rectificación y devolución ante el propio ayuntamiento que ha cobrado esa cantidad. En última instancia, sería el Tribunal Económico Administrativo Municipal el encargado de resolver esa reclamación. Si la vía administrativa se agota sin haber conseguido el reembolso de la cantidad abonada, se deberá acudir a la vía legal, con un plazo de dos meses para interponer el recurso contencioso administrativo.

Aunque la sentencia afecta en principio, según Hacienda, a la provincia de Guipúzcoa, ya que se deriva de un juzgado de Donostia y se refiere por tanto a una norma foral, algunos expertos consideran que afectaría a todo el territorio ya que la norma foral se deriva directamente de la estatal. De hecho, ya existen casos de contribuyentes que habían acudido a los tribunales por este mismo asunto obteniendo sentencias favorables. La decisión del Constitucional viene a reforzar esta postura.

La plusvalía municipal no depende del valor de venta o de compra, es decir, los ayuntamientos no tienen en cuenta si ha habido ganancia o no en la transmisión, lo que hacen es cobrar este impuesto tomando el valor catastral y multiplicándolo en función del número de años que se ha mantenido en propiedad, entre otras cosas. Por eso siempre se paga, aunque en la operación se hayan obtenido pérdidas.

Además, aunque están exentos de pagar plusvalía aquellos que pierden su vivienda por no poder hacer frente al pago de la hipoteca cuando esta es la vivienda habitual y no disponen de otros bienes, sí la tienen que pagar aquellos que sufren un desahucio en su segunda vivienda o en otros locales y oficinas. Todos ellos podrán reclamar también ahora la devolución ya que, evidentemente, no han obtenido ningún beneficio ya que ni siquiera ha habido operación de venta.

Etiquetas
stats