Nace la categoría de Dietista-Nutricionista

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El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Decreto por el que se crean las categorías estatutarias de Dietista-Nutricionista y de Técnico Especialista en Documentación Sanitaria. Asimismo, se integra la categoría de Psicólogo Clínico en la de Facultativo Especialista de Área, en el ámbito del Servicio Riojano de Salud.

Según ha detallado la portavoz del Gobierno de La Rioja, Begoña Martínez Arregui, la creación de estas categorías responde a la necesidad de “dar cumplimiento a un mandato directo y concreto del V Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio Riojano de Salud” que establece la creación de estas categorías con el “objetivo de estabilizar el empleo de profesionales que actualmente cumplen estas funciones en el SERIS”.

En este sentido Martínez Arregui ha informado que los profesionales afectados no verán mermados sus derechos en los ámbitos de selección de personal temporal o estatutario fijo ya que “este decreto prevé que se considere con carácter retroactivo la experiencia laboral desarrollada por los profesionales sanitarios con funciones propias de estas dos categorías creadas”.

La categoría estatutaria de Dietista-Nutricionista en el ámbito del Servicio Riojano de Salud se inscribe, tal y como ha en el subgrupo A2 del grupo A de los establecidos en el Estatuto Básico del Empleado Público. La pertenencia a este grupo requiere estar en posesión del título oficial de Grado universitario en Nutrición Humana y Dietética o diplomatura en Nutrición Humana y Dietética.

Por su parte, la adaptación de las categorías estatutarias vigentes en el Servicio Riojano de Salud al III Plan de Salud Mental de La Rioja, que prevé una integración de los dispositivos sanitarios para la salud mental, aconseja la integración de la categoría de Psicólogo Clínico en la general de Facultativo Especialista de Área.

De esta forma, los servicios prestados de Psicólogo Clínico serán considerados, a efectos de promoción, movilidad voluntaria y carrera profesional, como prestados en la categoría de Facultativo Especialista de Área.

La categoría de Técnico Especialista en Documentación Sanitaria, se inscribe en el subgrupo C1 del grupo C de los establecidos en el Estatuto Básico del Empleado Público, y la pertenencia a esta categoría requiere estar en posesión del título oficial de Técnico Superior en Documentación y Administración Sanitarias.

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