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Se incorpora el sistema de concierto para los contratos de políticas sociales

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El consejero de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, Conrado Escobar, y la representante del Grupo Parlamentario Ciudadanos, Rebeca Grajea, se han reunido con la junta de la Plataforma del Tercer Sector de La Rioja para analizar la introducción del sistema de concierto social en la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Esta nueva fórmula de contratación se ha introducido con la aprobación de la Ley 2/2018 de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2018, que modifica la Ley de Servicios Sociales de La Rioja; modificación aprobada con el voto favorable del Partido Popular y Ciudadanos.

“Es una nueva figura que se incorpora en la política social, que nos situará en la vanguardia administrativa y que es fruto de la colaboración parlamentaria”, ha destacado Escobar a la vez que ha incidido en que esta nueva manera de gestionar “pone el acento en el lado más social”.

Tal y como ha destacado Grajea, “lo importante para Ciudadanos es que hemos escuchado y recogido las demandas e inquietudes que no se incluían en el borrador del modelo de concierto social inicialmente”. Una vez más, en Ciudadanos “hemos sido útiles y claves, y hemos logrado, a través del diálogo eliminar los temores e inquietudes de la plataforma del Tercer Sector, trasladándolas por su sensatez y necesidad a dicho Decreto”.

Esta nueva fórmula de contratación se aplicará a la prestación de servicios sociales especializados de responsabilidad pública cuya financiación, acceso y control sean públicos, a través de entidades de iniciativa privada que cumplan una serie de condiciones establecidas previamente.

En este sentido, podrán acogerse al concierto social entidades de iniciativa privada sin ánimo de lucro y entidades privadas con ánimo de lucro que asuman estatutariamente la reinversión de sus posibles beneficios en fines sociales. Cuando existan análogas condiciones de eficacia, calidad y rentabilidad social, este sistema dará prioridad a las entidades de iniciativa social y sin ánimo de lucro.

Tras la modificación de la Ley de Servicios Sociales de La Rioja, el concierto social se añade a los tradicionales modos de gestión directa e indirecta establecidos en el marco de la legislación de contratos.

En principio, el modelo de concierto social se aplicará en el ámbito de atención a personas con discapacidad y protección de menores y atención a la mujer.

El Gobierno de La Rioja iniciará de forma inmediata la elaboración del decreto en el que se establecerán los principios generales a los que se han de someter los conciertos sociales para la prestación de determinados servicios de la cartera del Sistema Público Riojano de Servicios Sociales.

En este sentido, el Gobierno de La Rioja impulsará la participación de la Plataforma del Tercer Sector en el desarrollo reglamentario de esta Ley y en los modelos de pliegos en el marco de la legislación básica del Estado.

El futuro decreto concretará los aspectos relativos a los efectos del concierto social; requisitos exigibles para acceder al régimen de concierto social; duración, modificación, renovación y extinción de los conciertos; obligaciones de las entidades de iniciativa privada y de la Administración otorgante del concierto social; aspectos relativos a la formalización y otras cuestiones propias de la ejecución del concierto.

Mejoras del modelo de concierto social

El modelo de concierto social se presenta como una fórmula más adecuada para la gestión de los servicios sociales de proximidad dirigidos a los colectivos de la sociedad en situación de desigualdad, más vulnerables y necesitados de protección, dado que añade eficacia y calidad a los servicios y fomenta los apoyos a la inclusión y al bienestar de las personas y sus familias.

El modelo de concierto social supondrá importantes mejoras en los servicios de atención a los usuarios puesto que garantiza una atención especializada orientada a la persona, de apoyo a su inclusión, su autonomía y su calidad de vida, y vinculada con los diferentes espacios sociales y comunitarios en los que se desarrolla.

Además, se tendrán en cuenta principios como el arraigo de la persona en el entorno y la continuidad en la atención y se incrementará la estabilidad en la prestación del servicio puesto que los conciertos se establecerán sobre una base plurianual que se podrá ir revisando y modificando si fuera necesario.

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