Una sentencia avala el criterio del Ayuntamiento en la liquidación de plusvalías

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La portavoz del Equipo de Gobierno, Mar San Martín, se ha referido en la rueda de prensa posterior a la reunión de la Junta de Gobierno a una reciente sentencia del Tribunal Supremo relacionada con el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, tributo conocido como plusvalía.

Dicha sentencia marca la obligación de tributar para los contribuyentes que vendan un inmueble o terreno y la posibilidad de anulación si se justifica que la venta se produjo con pérdidas.

San Martín ha mostrado su satisfacción ante esta sentencia porque “marca el criterio a la hora de liquidar el impuesto de plusvalías; viene a ofrecer certidumbre y seguridad jurídica tanto para los ciudadanos como para los ayuntamientos”.

En su opinión, la sentencia “avala las actuaciones que venía realizando el Ayuntamiento de Logroño; deja clara la vigencia del Impuesto de Plusvalías; y, como ya estableció el Tribunal Constitucional, sólo afecta en casos de venta a pérdidas”.

En esta línea, se le da al contribuyente la posibilidad de aportar documentación para justificar que no ha existido una plusvalía real y el Ayuntamiento podrá comprobar este hecho.

Una vez conocida la sentencia, y al margen de un análisis más profundo, las Unidades Municipales van a empezar a resolver las liquidaciones pendientes -en torno a 1.400- basándose en la documentación que aporte el contribuyente y siguiendo el criterio marcado por la Sentencia.

San Martín ha concluido que el contenido de la sentencia es coherente con el comportamiento que ha mantenido el Ayuntamiento de Logroño y que el Ministerio de Hacienda y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) acordaron una reforma de la financiación local que modificará la redacción del Impuesto de Plusvalías.

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