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Opinión - Vivir sobre un polvorín. Por Rosa María Artal

El Gobierno regional y el PP ya han presentado el recurso contra la Ley de Protección Animal

El Gobierno regional y el PP ya han presentado el recurso contra la Ley de Protección Animal

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El presidente del Gobierno de La Rioja, José Ignacio Ceniceros, ha presentado hoy el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de La Rioja que el Ejecutivo regional ha interpuesto ante el Tribunal Constitucional en Madrid.

La decisión ya fue anunciada por el jefe del Gobierno de La Rioja durante la última sesión parlamentaria, celebrada el 14 de febrero, y al día siguiente, el Consejo de Gobierno acordó la interposición del citado recurso y encomendó la representación y defensa del Gobierno regional a la Dirección General de los Servicios Jurídicos.

José Ignacio Ceniceros ha recordado que el recurso está justificado porque “esta Ley tiene unos problemas muy serios de inconstitucionalidad y el Gobierno de La Rioja tiene encomendada la defensa de la legalidad”. En este sentido, ha reiterado que el Ejecutivo regional “está cumpliendo con su obligación, porque si no recurriéramos estaríamos poniendo a la Administración pública riojana en la tesitura de cumplir unas órdenes que son inconstitucionales”.

El recurso de inconstitucionalidad se refiere expresamente a los artículos 6, 7, 10, 12, 30, 35, 39, 42, 43, 44, 45, 47, 54, y 55, que tienen relación con el sacrificio de los animales, actuaciones de inspección y registro, así como la venta, donación y cesión de animales. Además, se suman discrepancias en materia del régimen de infracciones.

José Ignacio Ceniceros ha argumentado que la Ley de protección de los animales es un “despropósito que invade competencias estatales y contraviene diversas normas básicas dictadas por el Estado”. Del mismo modo, ha explicado que de tenerse que aplicar causaría muchos problemas y perjuicios a colectivos como los veterinarios, los ganaderos, los agricultores o los criadores de animales.

Por este motivo, ha reclamado al Gobierno de España, que también ha cuestionado la constitucionalidad de algunos artículos de la norma, que se sume a esta petición porque es la única forma de paralizar la aplicación de esta ley hasta el pronunciamiento del Tribunal Constitucional.

El jefe del Ejecutivo regional ha abogado por una “reforma legal que suponga un marco normativo que respete a los animales, pero sin imponer una obligaciones desmesuradas para ayuntamientos, veterinarios y ciudadanos”.

En este sentido, ha recordado que esta Ley se aprobó en el Parlamento de La Rioja con el apoyo de los Grupos Parlamentarios Socialista, Podemos, Cs y el voto en contra del Grupo Popular. Y ha precisado que, aunque el Gobierno de La Rioja “respeta en sus objetivos” la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) de protección de los animales que permitió aprobar dicha ley, “no ha compartido los medios para sacarla adelante”.

Por ello, ha resaltado que “para cambiar las cosas no solo se requiere voluntad política, también se precisa responsabilidad y sentido común” y ha considerado que la Ley de protección de los animales “carece” de sentido común.

Aspectos cuestionables

El Gobierno regional considera que con la nueva regulación “se imponen sanciones administrativas para infracciones como el maltrato animal que ya son delitos según el Código Penal”

Asimismo, las obligaciones establecidas para llevar a cabo el sacrificio de animales determinando qué profesional es el habilitado para hacerlo y cuáles son los espacios en los que tiene que llevarse a cabo, “son contrarias a la normativa estatal que prescinde de la autorización de la administración competente”. Del mismo modo, la obligatoriedad de inscribir todos los animales en un libro de registro oficial “impone obligaciones adicionales que no son necesarias y que vulneran la garantía de la unidad de mercado”, tal y como interpreta el Gobierno regional

Por otro lado, en relación con la compra y venta de animales, el Gobierno de La Rioja considera que la Ley autonómica “se excede en obligaciones para los titulares de los animales no exigidas por la normativa estatal y que son contrarias a las propias normas de La Rioja, y asimismo impone gravámenes contrarios a la Ley de Unidad de Mercado y a la Directiva de Servicios”.

El Ejecutivo riojano también entiende que no prever la necesidad de autorización judicial durante el ejercicio de las labores de inspección para la entrada en el domicilio de las personas, “vulnera el artículo 18 de la Constitución que garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen”.

También el PP

El Grupo Parlamentario Popular del Senado también ha presentado ante el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad a la Ley de Protección de los Animales de la Comunidad autónoma de La Rioja. Los artículos recurridos son los referidos al objeto, a la finalidad, a las definiciones, a las obligaciones de los propietarios y poseedores, a las prohibiciones, al traslado de animales, a las actuaciones inspectoras, a las infracciones graves y muy graves y a las sanciones.

El Grupo Popular en su recurso considera que se vulneran varios preceptos de la Constitución española. En concreto, el recurso a la Ley de Protección a los animales señala que se vulnera el artículo 10.1 sobre la dignidad de las personas; el artículo 9.3 sobre el principio de legalidad y seguridad jurídica; el artículo 16.1 sobre libertad ideológica; el artículo 16.3 sobre la prohibición de que haya confesiones de carácter estatal; el artículo 18.2 sobre la inviolabilidad del domicilio; el artículo 25.1 sobre el principio de tipicidad y el artículo 149.1 sobre las competencias exclusivas del Estado.

El Partido Popular se ha opuesto desde el primer momento a la tramitación de esta Ley, apoyada por el PSOE, Podemos y Ciudadanos y aprobada en el Parlamento de La Rioja. Defienden que la Constitución no contiene ninguna referencia a la protección de los animales como valor constitucional y el reconocimiento de la dignidad humana es la norma clave de la Constitución, teniendo únicamente la dignidad humana, no la protección de los animales, un valor supremo, que gobierna la interpretación de los derechos fundamentales.

“La exposición de motivos de la Ley plantea como obligatoria una ideología animalista que equipara, o al menos compara, el bienestar de los seres humanos con el de los seres vivos. Se evidencia una peligrosa equiparación entre la dignidad de las personas humanas y la protección de los animales”.

El concepto de maltrato que incluye esta ley no es aplicable a todos los animales, tal y como pretende la exposición de motivos. La definición que se hace de la infracción de maltrato animal es tan amplia que vulnera el principio de tipicidad. “Sería incompatible, por ejemplo, con la producción de animales para la alimentación humana, o con ciertas prácticas veterinarias, con la experimentación para fines científicos y es incompatible con prácticas humanas como la caza o prácticas culturales como los toros”.

“Este es el planteamiento del lobby animalista, que es una convicción filosófica o religiosa que legítimamente puede defender pero no imponerse y pretende transformar las ideas de un determinado grupo de personas en una especie de creencia generalizada en la sociedad que debe ser aceptada por toda la sociedad como una especie de confesión estatal”.

También creen que la Ley vulnera el Derecho a la inviolabilidad del domicilio reconocido en el artículo 18.2 de la Constitución y que no se diferencia a qué animales se refiere ni deja claras las obligaciones de los propietarios de los animales. Además, creen que no distingue que no se puede dar el mismo régimen de protección a un animal silvestre, a uno doméstico, a uno dedicado a la producción o a la investigación científica.

También se recurre el régimen de infracciones y sanciones por su falta de proporcionalidad y porque, en algunos casos, esas sanciones están reservadas al Derecho Penal, en el que la Comunidad Autónoma de La Rioja no tiene competencia.

Asimismo, “la Ley de protección de los animales de La Rioja no tiene en cuenta el reparto competencial y no respeta las competencias que son exclusivas del Estado sobre legislación civil, penal y medioambiental. Esto ocurre también con las competencias relativas a la ordenación general de la economía, a las bases y a la coordinación de la sanidad. O sobre las bases de la planificación económica”.

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