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La Ordenanza de Terrazas de Logroño se cae del orden del día del pleno ordinario de abril

La Ordenanza de Terrazas de Logroño se cae del orden del día del pleno ordinario de abril

Rioja2

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Este lunes se ha reunido la Junta de Portavoces del Ayuntamiento de Logroño para determinar los asuntos que serán sometidos a votación en el pleno ordinario del mes de abril. Un orden del día en el que estaba incluida la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza reguladora de la instalación de quioscos y terrazas de veladores en la ciudad de Logroño. Sin embargo, y según ha podido saber Rioja2, este punto se ha retirado del orden del día al estar en contra todos los grupos de la oposición.

De esta forma, todo parece indicar que, por lo menos en esta legislatura, esta ordenanza no saldrá adelante porque se tiene que seguir debatiendo y ajustando hasta llegar a un acuerdo.

En qué consiste la nueva ordenanza

A finales de abril, el concejal de Desarrollo Urbano Sostenible y Promoción Económica, Pedro Sáez Rojo explicaba las principales novedades de este nuevo texto y aseguraba que estas se encuentran en “las condiciones necesarias para poder instalar terrazas así como la superficie de las mismas -metros de ocupación, anchura de aceras y distancia a fachadas, recogida de las terrazas...”.

1. Modificaciones en las condiciones y superficie de las terrazas:

-Superficie máxima de ocupación de espacio público: Se limita en función del tamaño y del frente de fachada. Se entiende la terraza como una superficie aneja a la actividad principal en el interior del local.

Se mantiene la superficie máxima de 120 metros cuadrados; con la salvedad de que los bares y cafeterías de menos de 20 metros cuadrados no podrán colocar terrazas y que éstas no podrán superar el 100 por cien de la superficie útil del local más un metro cuadrado por cada metro lineal de frente de fachada cuya proyección ortogonal coincida con la zona a ocupar.

-Anchura mínima de acera: No se permite la instalación de terrazas de veladores en aceras de anchura inferior a 3,50 metros. En ellas se podrán instalar mesas altas; en las de entre 3,50 y 4 únicamente en el frente de fachada del local, y en las de más de 4 metros se podrán ocupar otros frentes aunque con limitaciones también contempladas en la Ordenanza.

-Distancia a fachadas: Con carácter general, la mitad de la acera tiene que quedar libre, calculando este espacio entre el mobiliario de la terraza y la fachada. Además, se determina en la ordenanza distinta casuística según la ubicación en soportales, calles peatonales, plazas, bulevares... Distancias respecto a bordillos o carriles bici. También en las distancias con paradas de autobús o de taxis, de aparcamientos para discapacitados...

-Publicidad. Se regula, antes no lo estaba, la publicidad en el mobiliario, permitiéndose a las terrazas con una superficie hasta 15 metros cuadrados.

-Modificación del horario, con especial atención a los jueves: Los viernes, sábados y vísperas de festivos se permite la terraza entre las nueve de la mañana hasta las dos de la madrugada del día siguiente. De domingo a jueves, de nueve de la mañana a doce de la noche.

Con carácter general estas limitaciones pretenden “mejorar la movilidad de las personas, reducir la afección a locales y portales colindantes, logrando un mayor grado de convivencia entre el uso de la vía pública por parte de los hosteleros y la ciudadanía”.

No obstante, y debido a la repercusión que puede tener para el sector, se establece un periodo transitorio de adaptación para los negocios ya existentes de: hasta el 1 de enero de 2020 para los que la modificación de superficie no afecte a estructuras ya instaladas (cerramientos y toldos) y hasta el 1 de enero de 2022 o cuatro años desde la autorización del montaje para estructuras afectadas y ya instaladas.

2.- Medidas de mejora y simplificación administrativa:

Se incluye un apartado de definiciones; se eliminan los quioscos del ámbito de aplicación de esta norma y desaparecen las terrazas con cerramiento a cuatro caras por no haberse desarrollado ninguna de este tipo; se aclara el régimen de elementos y aparatos permitidos y los expresamente prohibidos; se amplía la opción de apilado todo el año previo pago de la correspondiente tasa y se admite tolerancia para estos trabajos hasta el horario de cierre pero no con el establecimiento cerrado.

Se aportan además dibujos aclaratorios para una mejor comprensión de la normativa en lo que afecta a distancias y estructuras; se elimina la necesidad de solicitar autorización para instalar mamparas, sombrillas y calefactores; y se equipara el régimen sancionador al de otras ordenanzas para unificar criterios.

Estas mejoras -ha explicado Sáez Rojo- “conllevan una reducción de las cargas administrativas y una mayor comprensión del contenido de la ordenanza, procurando así facilidades a la actividad hostelera y, por tanto, a la actividad económica de la ciudad”.

Se espera que la Ordenanza suponga “una ordenación más equilibrada del dominio público, y un mayor control y supervisión de las terrazas”. En conjunto se reduce el número de metros cuadrados para solicitar licencia de terraza que afecta a aceras de menor anchura pero que se compensará con solicitudes en nuevos entornos urbanos. En estos momentos existen en Logroño unas 550 terrazas autorizadas, que ocupan unos 19.000 metros cuadrados.

Uno de los detractores de esta nueva ordenanza es la Asociación de Hostelería y Restauración de La Rioja, ARBACARES, quien ya criticaba hace un año la nueva ordenanza de terrazas de Logroño que, ha calculado, suprimirá más del 65% de las terrazas actuales. Por su parte el Partido Socialista de Logroño también aseguró estar en contra de este texto. Ciudadanos de Logroño no votaría a favor hasta que no hubiera consenso y el Partido Riojano por su parte también mostró su oposición a esta ordenanza.

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