Una de las seis zonas de interés para la Defensa Nacional está en La Rioja

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El Consejo de Ministros ha declarado este viernes seis zonas de interés para la Defensa Nacional con el objetivo de la salvaguardia de los intereses de la Defensa Nacional, asegurando la seguridad y eficacia de sus organizaciones e instalaciones, una de ellas en La Rioja.

Así, las zonas declaradas son la propiedad denominada 'El Palancar' (Academia de Ingenieros) en Madrid; las propiedades 'Base Cid Campeador' con su Campo de Maniobras y Tiro de Matagrande y el 'Polvorín de Ibeas de Juarros' en Burgos; la 'Base Coronel Sánchez Bilbao', en Ciudad Real; el 'Campo de Maniobras y Tiro de Chinchilla y su Polvorín', en la provincia de Albacete; el 'Campo de Maniobras y Tiro de Las Batiellas', 'Campamento de Rioseta', 'Campamento de Candanchú', 'Refugio Militar de Cerler' y 'Terreno adjunto', en Huesca, así como las propiedades denominadas Acuartelamiento 'Héroes del Revellín' y su Campo de Maniobras y Tiro 'La Rad de Lassuen', en La Rioja.

La conveniencia de la declaración de estas zonas obedece, fundamentalmente, a la relación entre la legislación sobre protección ambiental de grandes espacios naturales y las necesidades militares en materia de bases con campos de maniobras y adiestramiento. Esta relación conlleva la concurrencia sobre un mismo espacio físico de títulos competenciales diferentes --Defensa Nacional y Protección Ambiental-- y atribuidos a distintas Administraciones (Administración General del Estado-Ministerio de Defensa y Administraciones autonómicas).

También implica la necesidad de evitar el peligro de que las restricciones de uso de todo tipo de esos espacios por razones de protección ambiental anulen o menoscaben gravemente la operatividad de los campos de maniobras militares.

Así, con los Reales Decretos aprobados se considerará prioritario el interés de la Defensa Nacional en las zonas declaradas, lo que no impide velar por la protección ambiental, imponiendo la obligación de interesar y obtener autorización del Ministerio de Defensa para la determinación de la compatibilidad con los fines de las Fuerzas Armadas de cualquier regulación, ordenación o actuación administrativa que pueda incidir en la utilización militar de las propiedades afectadas, que incluye sólo los terrenos de titularidad estatal adscritos a la Defensa Nacional.

Las seis zonas que se han aprobado este viernes como interés para la Defensa Nacional se establecen en la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, y se desarrollan en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero.

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