La declaración del toque de queda se aplaza hasta conocer si es necesario decretar el estado de alarma

La declaración del toque de queda se aplaza hasta conocer si es necesario decretar el estado de alarma

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El Consejo Interterritorial de Salud que ha reunido este jueves al Ministerio de Sanidad con los consejeros de las comunidades autónomas ha decidido aplazar por el momento la declaración del toque de queda en España o la restricción de actividades nocturnas como medida para luchar contra el avance de la pandemia del coronavirus en nuestro país.

No obstante, esta medida está a la espera del instrumento jurídico que proporcione solidez y solvencia a esta figura de cara a que pueda ser utilizada, si finalmente así se considera. Es decir, si es necesario que se decrete el estado de alarma en todo el país para su aplicación, por lo que se decidirá definitivamente en las próximas horas.

Todas las comunidades autónomas han apoyado el toque de queda como instrumento para frenar la expansión del coronavirus y el marco común de actuación, excepto Madrid y Euskadi, que se han abstenido a la espera de ver el texto completo, que les llegará en las próximas horas.

Actuaciones aprobadas

A la espera de una decisión definitiva sobre el toque de queda, sí se ha acordado un marco de criterios comunes para la interpretación de los indicadores epidemiológicos. Consisten en varios indicadores de transmisión (incidencias, positividad y trazabilidad), de utilización de los servicios sanitarios (ocupación hospitalaria y de UCI) e indicadores complementarios que ayudan a evaluar el riesgo.

En cada uno de estos indicadores, se establecen umbrales para determinar si el riesgo es bajo, medio, alto o extremo. Con la combinación de estos indicadores, cada territorio se encontrará en un nivel de alerta del 1 al 4. La Rioja se encuentra en el nivel de riesgo extremo según algunos indicadores, pero los territorios no han valorado todavía en qué situación de alerta se encuentran.

Se recomienda incrementar el nivel de alerta cuando la situación esté suficientemente consolidada, pero para disminuirlo, será necesario que los indicadores permanezcan en un nivel de riesgo menor durante al menos 14 días.

Restricciones según el nivel de alerta

Finalmente, el documento propone actuaciones a instaurar en cada unidad territorial que haya sido evaluada en los niveles de alerta del 1 al 3. Para aquellos territorios situados en un nivel de alerta 4, además de las actuaciones recogidas en el nivel 3, se establecen medidas excepcionales, que podrán requerir la activación del mecanismo previsto para los estados de alarma, excepción y sitio.

Serán las comunidades autónomas quienes decidirán cuándo y qué medidas se aplican. Antes de su implantación, informarán de ello al Ministerio de Sanidad. De forma coordinada con el Ministerio, revisarán de forma periódica la situación epidemiológica para valorar, mantener o modificar el nivel de alerta y las medidas aplicadas.

Cada comunidad autónoma deberá vigilar con especial atención los indicadores de su territorio en entornos de especial vulnerabilidad como los sociosanitarios y fortalecer las capacidades de respuesta en la zona afectada, incluyendo protocolos de vigilancia y de atención en estos ámbitos.

El documento de Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de Covid-19 es un desarrollo técnico del Plan de Respuesta Temprana en un escenario de control de la pandemia, que aprobó el Consejo Interterritorial del SNS el 16 de julio, y que se ajusta a la situación epidemiológica de cada momento.

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