Las comunidades podrán recurrir ante el Tribunal Supremo las restricciones

Las comunidades podrán recurrir ante el Tribunal Supremo las restricciones

Rioja2

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El Gobierno aprueba este martes un decreto para regular la nueva fase que se abrirá el 9 de mayo tras el fin del estado de alarma que, entre otras cosas, va a permitir a las Comunidades Autónomas recurrir ante el Tribunal Supremo las decisiones que adopten los Tribunales Superiores de Justicia sobre las restricciones que aprueben para seguir luchando contra la pandemia, según explican a Europa Press fuentes gubernamentales.

El Ejecutivo facilita así a los gobiernos autonómicos una vía para interponer recursos de casación, en los casos de que los Tribunales Superiores tumben sus medidas. Es decir, se busca unificar doctrina y evitar que ocurra como el pasado verano, cuando tras el fin del estado de alarma algunas decisiones de la justicia fueron contradictorias, y en algunos territorios se permitieron restricciones que en otros, no.

Hasta ahora, los gobiernos autonómicos solo podían acudir al Supremo cuando intervenían como autoridades delegadas del Ejecutivo central, es decir, durante la vigencia del estado de alarma que les otorgaba este estatus, según explican fuentes jurídicas a Europa Press. Sin embargo, este instrumento decaerá el sábado a media noche, y con él, esa posibilidad de llegar hasta el Supremo.

Prórroga del escudo social

El decreto de este martes también incluye medidas para controlar los pasajeros internacionales, y aprueba la prórroga de algunas medidas del escudo social cuya vigencia iba ligada al estado de alarma, como la posibilidad de cobrar la jubilación y seguir ejerciendo la medicina o la enfermería para la gestión del COVID.

También se mantiene la suspensión de las reuniones de las Juntas de propietarios hasta el 31 de diciembre. Y se mantiene hasta el 9 de agosto la garantía de suministro de agua y energía y el bono social; la suspensión de los desahucios y la prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual; y la consideración de servicios esenciales a los recursos contra la violencia de género.

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