Cómo serán las comuniones, las bodas y las fiestas patronales

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Es una de las grandes cuestiones que planean sobre este verano: ¿se podrán celebrar fiestas en los pueblos? La respuesta no está clara, puesto que dependerá de la evolución de la pandemia, pero el nuevo Plan por Indicadores del Gobierno de La Rioja sí que establece algunas medidas concretas para cada nivel, tanto para las fiestas patronales como para las celebraciones como bodas, bautizos y comuniones.

Nivel 3 intensificado

En las fiestas patronales, verbenas, eventos populares y recintos feriales, el uso de mascarilla es obligatorio y se establecerán sistemas de entrada y salida que garanticen que no se producen aglomeraciones y que se respete la distancia de seguridad de 1,5 metros. Además, se tomará la temperatura a la entrada y se proporcionará gel hidroalcohólico a la entrada y salida del local o recinto en que se celebre la actividad.

Los recintos feriales estarán organizados por calles, donde los clientes irán en una sola dirección por calle y no estará permitido fumar dentro del recinto ferial, ni comer ni beber fuera de la zona dedicada a la hostelería.

Los puestos de comidas y bebidas deberán estar separados físicamente de las atracciones y se deberán cumplir las normas sanitarias de la hostelería con carácter general.

El recinto ferial estará deliminado perimetralmente, con un aforo de 40 m2 por persona y un máximo de 250 personas.

En cuanto a las celebraciones, se recomienda aplazar ceremonias como bautizos, bodas y comuniones hasta la mejora de la situación epidemiológica. El aforo en los lugares de culto será de un 33% en espacios cerrados, siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

La utilización del exterior de los edificios o de la vía pública para la celebración de actos de culto deberá ser aprobada por la autoridad municipal correspondiente, y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar mantener la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros y el uso de mascarilla.

No estará permitida la utilización de pista de baile o espacio habilitado similar para ese uso, excepto para el baile nupcial entre los recién casados. Además, no se permite el uso de agua bendita y se evitará el contacto personal.

En los velatorios, entierros y ceremonias fúnebres, se limita el aforo al 33% en espacios cerrados siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

Nivel 3

En las fiestas patronales, verbenas, eventos populares y recintos feriales, las medidas son similares a las del nivel 3 intensificado, con la diferencia de que el aforo será de 20 m2 por persona hasta un máximo de 250 personas.

En los lugares de culto y ceremonias como bautizos, bodas y comuniones, las medidas son las mismas que en el nivel 3 intensificado, con lo que el aforo será del 33% en lugares cerrados, si bien se recomienza aplazar la celebración si es posible.

En los velatorios, entierros y ceremonias fúnebres, se limita el aforo al 33% en espacios cerrados siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

Nivel 2

En las fiestas patronales, verbenas, eventos populares y recintos feriales, se mantienen las restricciones y recomendaciones de los niveles superiores, con un aforo de 10 m2 por persona hasta un máximo de 1.000 personas.

En los lugares de culto y ceremonias como bautizos, bodas y comuniones, el aforo permitido se aumenta hasta el 50% en espacios cerrados y sin limitaciones al aire libre siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

En los velatorios, entierros y ceremonias fúnebres, se limita el aforo al 50% en espacios cerrados. Sin limitaciones en espacios abiertos siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

Nivel 1

En las fiestas patronales, verbenas, eventos populares y recintos feriales, el aforo permitido será 10 m2 por persona hasta un máximo de 1.000 personas.

En los lugares de culto, no podrán superar el 75% de aforo en espacios cerrados. No habrá limitaciones al aire libre siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

En los velatorios, entierros y ceremonias fúnebres, se limita el aforo al 75% en espacios cerrados. Sin limitaciones en espacios abiertos siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

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