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La Audiencia Nacional no considera probado que la sede del PP en La Rioja se pagara en B

La Audiencia Nacional no considera probado que la sede del PP en La Rioja se pagara en B

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La Audiencia Nacional ha condenado hoy al extesorero general del PP Luis Bárcenas a dos años de cárcel por pagar en B más de un millón de euros de las obras de reforma de la sede 'popular' de Génova. Sin embargo, no considera probado que el pago de la sede de La Rioja se efectuara en parte con dinero B procedente de fondos en metálico gestionados por Bárcenas.

En una sentencia de 454 páginas dictada este mismo jueves, se expone que la caja B recoge un ingreso de 200.000 euros con el concepto La Rioja en mayo de 2008 y en la contabilidad oficial consta una transferencia por ese importe como ayuda o subvención registrada en la sede regional el 23 de junio de 2008.

El acusado declaró que ese importe eran donaciones para la sede de La Rioja, y que para poder usarlo en la compra de la nueva sede se ingresó en efectivo en la cuenta de donativos oficial y desde ahí se transfirió a la sede regional.

Ahora bien, según declaró, un funcionario “comprobó el Libro Diario y el Mayor de la sede regional y la contabilidad de la sede central, cuenta de tesorería en el Banco popular, y encontró un registro en la cuenta del Banco Popular con fecha 23 junio 2008 por 200.003 euros y a su vez en el Libro diario de la sede regional con fecha 25 junio 2008 también aparecía esta recepción y se contabilizaba la recepción de esta transferencia de la sede central en el Banco Santander de la sede regional de La Rioja como fondos recibidos de la sede central, y luego posteriormente en fecha 6 de octubre de 2008 en la sede de La Rioja se adquirían unos locales, se pidió un préstamo al Banco de Santander de 120.000 euros y se utilizaron 180.000 de esos 200.000 euros, para completar los 300.000 euros para la adquisición de esos locales, todo lo cual queda registrado en el Libro Diario y en el Mayor de la sede regional”.

Al constar esta transferencia, “no se puede vincular una subvención oficial, siendo normal la existencia de traspasos entre sedes, con una anotación en los papeles de haber recibido dinero B de La Rioja”.

El resto de la sentencia

La Audiencia también ha condenado al Partido Popular como responsable civil subsidiario de Bárcenas en la cuantía de 123.669 euros por el impuesto de Sociedades de Unifica de 2007.

La Sala de lo Penal, ha condenado a Bárcenas por abonar a Unifica, el estudio de arquitectura que se ocupó de la reforma del cuartel general de los 'populares', un total de 1.072.000 euros, “al margen de la facturación y la contabilidad oficial y no declarados a la Hacienda Pública”.

La condena, en concreto, por un delito continuado de falsedad contable, en concurso con un delito contra la Hacienda Pública por el Impuesto de Sociedades de 2007 de Unifica, en concurso a su vez con un delito continuado de falsedad en documento mercantil.

Por ello, además de los 2 años de prisión, le impone una inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, el pago de una multa de 1,2 millones de euros y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante 2 años y 6 meses.

No obstante, le aplica la atenuante de confesión, al haber quedado acreditada su “colaboración real, activa y eficaz” para el esclarecimiento de los hechos y sus autores, si bien subraya que fueron los registros practicados en las sedes del PP y de Unifica los que aportaron los datos decisivos para la investigación; así como la circunstancia atenuante de reparación del daño.

Además, el tribunal considera que procede la declaración de responsabilidad civil subsidiaria de las personas jurídicas, en este caso, del PP y Unifica, por los delitos cometidos por sus empleados o dependientes, representantes o gestores en el desempeño de sus obligaciones o servicios.

Así, establece que, por la cuota defraudada en el Impuesto de Sociedades de 2007 por importe de 870.521,32 euros deben indemnizar de forma conjunta a la Hacienda Pública Gonzalo Urquijo y Belén García y, de modo subsidiario Unifica y Bárcenas, pero limitada a la parte de cuota procedente de los pagos en 'b' que fueron ingresos no declarados (380.520 euros de las obras de las plantas 2ª y 5ª), calculada en 123.669 euros, “y, de modo subsidiario, el Partido Popular al haberlos cometido como gerente de dicha formación política”.

Los magistrados indican que no consta que el PP, a través de sus órganos directivos (comité ejecutivo) ejerciera un control adecuado sobre la gestión de Bárcenas cuando ocurrieron los hechos, sino que las medidas adoptadas por el partido en este sentido --tanto respecto de aquel, como de auditoría interna y promoción de iniciativas legislativas relativas a la financiación de partidos políticos--, fueron 'a posteriori'.

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