Las valoraciones de discapacidad se agilizan, al flexibilizarse la formación de los equipos

Las valoraciones de discapacidad se agilizan, al flexibilizarse la formación de los equipos

Rioja2

0

El consejero de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, Pablo Rubio, ha asistido de forma telemática al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) en el que se ha dado el visto al Real Decreto por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

La atención a las personas en situación de discapacidad y la promoción de su autonomía personal constituye uno de los principales retos de la política social de los países desarrollados. El reto no es otro que atender las necesidades de aquellas personas que, por encontrarse en situación de especial vulnerabilidad, requieren apoyos para desarrollar las actividades esenciales de la vida diaria, alcanzar una mayor autonomía personal y poder ejercer plenamente sus derechos de ciudadanía.

Y para mejorar esta atención y agilizar las valoraciones, el Consejo ha acordado flexibilizar la composición de los equipos de valoración del grado de discapacidad. Hasta la fecha, los equipos encargados de realizar estas valoraciones debían estar formados por personal sanitario y social y con un perfil determinado. Tras esta modificación, las comunidades autónomas podrán determinar los equipos multiprofesionales de valoración que, en todo caso, deberán contar con profesionales del área sanitaria y social, pero serán ellas, las comunidades autónomas, las que determinen el perfil de estos profesionales sanitarios y sociales. En cualquier caso, estos trabajadores deberán contar con una titulación mínima de grado universitario o equivalente.

Estos equipos multiprofesionales deberán efectuar la valoración y revisión de las situaciones de discapacidad y calificación de su grado; determinar la necesidad de concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida diaria; determinar si existen dificultades de movilidad; proponer si el grado de discapacidad es permanente o tiene que ser revisado y el plazo a partir del cual se podrá instar a la revisión del grado de discapacidad por agravación o mejoría; efectuar la valoración de las situaciones de discapacidad y la calificación de su grado; así como aquellas otras funciones que, legal o reglamentariamente, sean atribuidas por la normativa reguladora.

Asimismo, y con el objetivo de dotar de mayor agilidad a la valoración de las personas con discapacidad sin minorar el valor técnico de las valoraciones, el Consejo ha acordado que, en función de las condiciones de las personas interesadas, la valoración del grado de discapacidad podrá realizarse por el equipo multiprofesional por medios no presenciales y/o telemáticos aunque, como norma general, la evaluación de las situaciones de discapacidad y la calificación de su grado se efectuará previo examen de la persona interesada, por los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento de grado de discapacidad.

Etiquetas
stats