El Congreso aprueba la Ley Trans: estas son las claves de la norma

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El Pleno del Congreso ha aprobado este jueves, la Ley Trans que permite la rectificación de nombre y sexo de las personas trans en el Registro Civil a partir de los 14 años, en una votación en la que se ha abstenido la exvicepresidenta del Gobierno, la socialista Carmen Calvo, que ha roto la disciplina de voto de su grupo.

La norma, que ahora pasa a su fase de tramitación en el Senado, ha contado con el voto en contra del PP, Vox, Foro Asturias, Navarra Suma y Ciudadanos (salvo su portavoz de Igualdad, Sara Giménez, que se ha abstenido). Los naranjas tenían libertad de voto en este norma.

También se han abstenido en esta votación los representantes del PDeCAT, el diputado del Partido Regionalista de Cantabria, José María Mazón, y la diputada del PP Rosa Romero, aunque en este caso ha sido una equivocación porque el día anterior representaba a su partido en el debate de la ley y defendía el voto en contra.

La ley impulsada por el Ministerio de Igualdad finaliza así una tramitación de casi tres meses en la Cámara baja que ha estado acompañada de polémica desde el principio por la falta de acuerdo entre los socios de Gobierno. Una parte del socialismo, liderada por Calvo, se mostró crítica con el texto, especialmente con la autodeterminación de género y sus consecuencias sobre los derechos de las mujeres.

El PSOE presentó varias enmiendas a la ley, aunque centradas en limitar la autodeterminación de los menores y para endurecer el proceso de reversión de las personas trans, pero en comisión no consiguió el voto favorable de ningún grupo a sus iniciativas y al final decidió no mantener estas propuestas para el debate de la ley en el Pleno.

Dicho debate se ha producido tras una petición de avocación del PP. Los 'populares' se han mostrado en contra de la norma desde el inicio, de hecho, presentaron una enmienda a la totalidad del texto para que fuera devuelto al Ejecutivo.

Además, ha criticado durante esta tramitación la urgencia de la misma, con la ausencia, según han apuntado, de un debate sosegado sobre su contenido y el veto de intervenciones de expertos sobre el tema y familias en sede parlamentaria.

El proceso de cambio en el registro

El texto, que ahora deberá pasar a su fase de tramitación en el Senado, recoge que el proceso para la rectificación registral se iniciará mediante la comparecencia de la persona interesada en el Registro Civil --este paso también se puede hacer online-- en donde se le hará entrega del formulario que recogerá su manifestación de disconformidad con el sexo mencionado en su inscripción de nacimiento y su solicitud de que se proceda a la correspondiente rectificación.

En este documento se deberá incluir la elección de un nuevo nombre propio, salvo cuando la persona quiera conservar el que ostente y ello sea conforme a los principios de libre elección del nombre propio previstos en la normativa reguladora del Registro Civil.

En esta comparecencia inicial, la persona encargada del Registro Civil informará a la persona solicitante de las consecuencias jurídicas de la rectificación pretendida, incluido el régimen de reversión, así como de la existencia de las medidas voluntarias de apoyo que estén a disposición de la persona solicitante a lo largo del procedimiento, incluyendo medidas de protección contra la discriminación, promoción del respeto y fomento de la igualdad de trato.

Igualmente, pondrá en conocimiento de la persona legitimada la existencia de asociaciones y otras organizaciones de protección de los derechos en este ámbito a las que puede acudir.

En el caso de los menores entre 14 y 18 años, todos los intervinientes en el procedimiento deberán tener en consideración en todo momento el interés superior de la persona menor. El texto indica, en este sentido, que la persona encargada del Registro Civil le facilitará la información sobre las consecuencias jurídicas en un lenguaje claro, accesible y adaptado a sus necesidades.

Un plazo máximo de cuatro meses

Tras suscribir la persona solicitante que está conforme, deberá ser citada de nuevo en un plazo máximo de tres meses para comparecer de nuevo en el Registro Civil y ratificar la solicitud, aseverando la persistencia de su decisión.

Firmada y presentada la solicitud se dictará resolución sobre la rectificación registral solicitada dentro del plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de la segunda comparecencia. Es decir, el proceso completo para el cambio de sexo duraría un máximo de cuatro meses.

En el caso de los menores de entre 12 y 13 años, su cambio en el registro deberá contar con un expediente de jurisdicción voluntaria, es decir, con una autorización judicial que determine que el menor tiene suficiente madurez y su transexualidad es estable.

Otras medidas

Además de esta medida, el proyecto de Ley permite que las mujeres lesbianas, bisexuales y las mujeres sin pareja vuelvan a tener acceso a técnicas de reproducción humana y se permite a las parejas de lesbianas filiar a sus hijos sin necesidad de casarse.

Del mismo modo, se prohíben las terapias de conversión, aversión o contracondicionamiento destinadas a modificar la orientación, identidad sexual o la expresión de género de las personas, con independencia de que esta haya dado su consentimiento; consolida derechos para las personas trans y LGTBI en el ámbito educativo y laboral; y garantiza que la atención sanitaria a las personas trans se realicen conforme a los principios de no patologización, autonomía, codecisión y consentimiento informado.

Gylda celebra la aprobación de la Ley

La asociación riojana GYLDA LGTBI+, junto a la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans, Bisexuales, Intersexuales y más (FELGTBI+); Chrysallis, Asociación de Familias de Infancia y Juventud Trans* y Fundación Triángulo, celebran la aprobación definitiva de la Ley Trans y LGTBI+.

Jesús Cárcamo, vicepresidente de GYLDA LGTBI+, indica que “se trata de un día histórico para nuestra comunidad”. Añade que “hemos sufrido mucho y todavía sufrimos muchos días por diferentes motivos, por eso hoy y a partir de hoy, tenemos que celebrar y disfrutar los derechos conquistados”.

Según la presidenta de la Federación Estatal LGTBI+, Uge Sangil, “esta legislación vuelve a colocar a España entre los países a la cabeza de los derechos LGTBI+”.

En este sentido, asegura que “hemos logrado una ley que está entre las seis o siete más avanzadas en reconocimiento de los derechos trans de adultos y entre las cuatro o cinco más avanzadas en reconocimiento de los derechos de los menores”.

No obstante, recuerda que “aunque las personas no binarias hemos quedado fuera de esta ley, desde las entidades, seguiremos trabajando por el reconocimiento de nuestras identidades y por el respeto de nuestros derechos”. Asimismo, explica que “esta ley es solo un primer paso para el reconocimiento de los derechos de todo el colectivo, pero la igualdad real solo se hará efectiva si seguimos luchando por avanzar en derechos e implementarlos”.

Por su parte, el presidente de Fundación Triángulo, José María Núñez, celebra este éxito del activismo y asegura que “tras estos años de lucha, hoy, por fin, vemos aprobada esta ley en primera vuelta en el Congreso. Hoy la mayoría parlamentaria, en consonancia con la mayoría social en la calle, se muestra favorable a reconocer la dignidad de las personas trans y legisla resarciendo los años de maltrato social, todo, gracias a una enorme movilización ciudadana”.

“Las vidas de las personas trans y de las personas LGTBI, y el acto de hacer uso de los derechos que nos corresponden, serán la respuesta a toda la desinformación que hemos vivido durante el proceso de tramitación y que tanto ha ralentizado la aprobación”, añade.

Asimismo, la presidenta de Chrysallis, Ana Valenzuela, expone que, durante la presión de estos cuatro años y al salir a las calles, “hemos conseguido la despatologización y la autodeterminación de género de las personas trans, de manera que podrán tener su género reflejado en su DNI sin necesidad de testigos, ni informes, ni diagnósticos, ni pruebas, ni hormonación obligatoria”.

“Igualmente, hemos logrado que los menores de 16 y 17 años puedan cambiar su género en su DNI libremente, y que los menores de 14 a 15 años lo puedan hacer acompañados por sus familias, algo que, en estos momentos, solo se recoge en tres legislaciones a nivel internacional. Igualmente, hemos conseguido que los menores puedan cambiar de nombre a cualquier edad, de manera que se facilite el tránsito social”, incide.

Además de los logros ya mencionados, estas entidades han destacado que con la aprobación de la Ley Trans y LGTBI:

• Las personas trans migrantes que en su país no hayan podido cambiar su sexo registral, podrán hacerlo en España aunque no tengan la nacionalidad española y será el Estado español quien acredite la situación de su país.

• Se prohibirán las subvenciones a organismos que fomenten la LGTBIfobia.

• Se garantizará la reproducción asistida a mujeres lesbianas, bisexuales y personas trans con capacidad de gestar.

• Las parejas de mujeres que no estén casadas podrán filiar a sus hijas, hijos e hijes en igualdad de condiciones a las parejas mixtas, sin necesidad de adoptar.

• Las parejas no casadas formadas por dos personas del mismo género podrán adoptar en igualdad de condiciones a las parejas mixtas.

• Quedarán prohibidas las mutilaciones de los bebés intersexuales. Aunque no están todas las reivindicaciones del colectivo intersex, pues se solicitaba que su sexo no fuera registrado antes de los diez años y, finalmente, será a partir del año.

• El Estado podrá imponer sanciones administrativas para condenar discriminaciones, que no sean per se delito, contra las personas LGTBI+, incluyendo un régimen sancionador.

• La Ley prohíbe, con sanciones administrativas, las terapias de conversión. Queda por lograr que estas terapias tengan sanción específica penal, ya que la ley no reforma el Código Penal.

• Se avanza en protección contra la violencia en parejas del mismo sexo. Se garantizan derechos para las víctimas de esta violencia, como son la reordenación del tiempo de trabajo, la movilidad geográfica y el cambio de centro de trabajo por parte de los empleadores.

• Además de todos estos puntos anteriores, se avanza en políticas públicas activas para la igualdad real y efectiva del colectivo LGTBI+.

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