La COTUR da luz verde al nuevo centro de acogida de animales en Logroño

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La Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja ha aprobado la construcción del nuevo centro de acogida de animales que se ubicará al noreste de Logroño en una zona de 30.000 metros cuadrados situada cerca de las instalaciones clausuradas del antiguo vertedero municipal.

La COTUR acordó en junio del año pasado la modificación del Plan General Municipal Centro de Acogida de Animales y ahora ha tramitado la construcción de unas instalaciones cuya principal actividad será la acogida y cuidado de animales domésticos, principalmente ejemplares caninos, en dos edificios de cheniles y diversas zonas al aire libre. Las dependencias se complementan con un tercer edificio destinado a la gestión y dirección del centro, en el que se localizan los usos de oficina, clínica veterinaria y atención al público.

La edificación se dispone en tres núcleos:

-Un edificio de gestión y dirección de unos 250 metros que contiene el área de administración, dirección, atención veterinaria, aula de formación y vestuarios para personal

-Dos edificios de unos 175 metros cuadrados cada uno, con 24 cheniles o receptáculos cada uno de ellos para ejemplares caninos, jaulas para gatos y custodia de animales muertos hasta su tratamiento a punto autorizado.

El complejo se completa con diversas zonas exteriores para esparcimiento de los animales residentes en el centro, con tratamientos ajardinados principalmente y pavimentados en circulaciones y accesos.

Adaptación del PGM de Leza y modificación del PGM de Cenicero

El pleno de la Comisión de Ordenación del Territorio ha dado el visto bueno a la adaptación del Plan General Municipal de Leza de Río Leza a la Ley 5/2006 de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja.

El expediente supone una adaptación y no una revisión del Plan General Municipal vigente por lo que no varían los criterios respecto de la estructura general y orgánica del territorio o de la clasificación del suelo, y tan sólo se introducen los cambios necesarios para adaptar el instrumento de planeamiento a la nueva legislación.

El Plan tiene como principales objetivos la revitalización económica de un municipio en una posición interesante y relativamente próxima a Logroño, la recuperación del patrimonio arquitectónico, la colmatación de su núcleo urbano y la preservación de las áreas de valor ambiental.

Para lograr estos objetivos, el Plan distingue solamente dos clases de suelo: urbano y no urbanizable.

En la clasificación de suelo urbano no se produce ninguna alteración y se califican 1.750 metros cuadrados de espacios libres públicos y, en cuanto al suelo no urbanizable, el municipio dispone de interesantes y numerosas áreas de valor ambiental, quedando dividido de la siguiente forma:

A) Suelo No Urbanizable Especial:

  1. Suelo No Urbanizable de Especial Protección (SNUEP) a los Parajes Singulares de Interés Geomorfológico ‘PG-4, Peñas del Leza’.
  2. SNUEP a la Montaña Mediterránea ‘MM-1, ‘Leza Cidacos’.
  3. SNUEP de Uso Forestal y Protección a los Parajes Singulares de Interés Geomorfológico Monte de Utilidad Pública y Espacio catalogado como ‘PG-4, Peñas del Leza’.
  4. SNUEP de Uso Forestal y Protección a la Montaña Mediterránea Monte de Utilidad Pública y Espacio catalogado como ‘MM-1 Leza-Cidacos’.
  5. SNUEP a la Red Natura 2000.
  6. SNUEP al Cauce del Río Leza.

B) Suelo No Urbanizable Genérico:

  1. Suelo No Urbanizable Genérico de Protección de Riberas.
  2. Suelo No Urbanizable Genérico de Protección del Paisaje

Otro de los asuntos aprobados por la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja ha sido la modificación puntual del Plan General Municipal de Cenicero en la zona R-5. La modificación afecta al área de 33.840 metros cuadrados de suelo urbanizable no delimitado de uso residencial R-5, situada en el extremo sur del núcleo urbano y cuyo uso es vivienda residencial aislada o pareada.

La modificación puntual tiene un doble objetivo: la delimitación de un sector en el área de suelo urbanizable no delimitado R-5 y la modificación del artículo 3.9.3 de la normativa del Plan General Municipal en donde se regulan las condiciones genéricas para el suelo urbanizable no delimitado residencial.

La modificación permite dos zonas, la A con uso de vivienda unifamiliar en hilera, además de vivienda unifamiliar aislada y pareada; y la B, con las áreas R-3 y R-4 fuera del núcleo consolidado. La edificabilidad se eleva de los 0,15 metros cuadrados por metro cuadrado actuales a los 0,35 metros para la zona A y 0,20 metros para la zona B y se añade como uso permitido el de almacenaje en suelo dotacional público.

El uso de estos sectores es residencial colectivo por lo que el nuevo sector R-5 sirve para completar la oferta residencial del núcleo urbano con un área de vivienda unifamiliar, uso de escasa incidencia en el suelo urbano y nula oferta como suelo urbano consolidado y urbanizado.

Modificación puntual del PGM de Alcanadre

La COTUR también ha dado el visto bueno a la modificación puntual del Plan General Municipal de Alcanadre en el sector SR-2 que afecta a parte de una parcela de propiedad municipal en la zona este del núcleo urbano clasificada como suelo urbanizable.

La modificación permitirá la construcción de un nuevo colegio público en el municipio y para ello se cambiará la clasificación de suelo urbanizable a suelo urbano de una superficie de 922,36 metros cuadrados de parcela municipal, de los que 540,21 serán edificables y los restantes 382,15 metros cuadrados se destinan a viales.

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