Condenado a 3 años y un día por intentar atropellar a un Agente Forestal

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Según ha tenido conocimiento la sección sindical de Agentes Forestales de la FSP-UGT, el Juzgado de lo penal nº 1 de Logroño, ha dictado sentencia condenatoria contra J.M.H.G., de 64 años de edad y vecino de Aguilar del Río Alhama como responsable -en concepto de autor- de un Delito de Atentado con medio peligroso contra un Agente de la Autoridad, a una pena de prisión de 3 años y un día.

Los hechos juzgados se remontan al 7 de febrero de 2007. Estando el Agente Forestal K.F.B. en la zona conocida como “Barranco de los Frailes” en el término municipal de Aguilar, localizó al condenado en compañía de otra persona revisando unos lazos de sierga presuntamente colocados por estos de forma ilegal y con la finalidad de capturar animales. “El Agente se acercó hacia el lugar a fin de sancionarle y al observar como el acusado y su acompañante, tras percatarse de su presencia, accedían rápidamente al vehículo y arrancaban con la intención de abandonar el lugar, se colocó en el camino haciendo señales al acusado para que se detuviera; pero lejos de detenerse y haciendo caso omiso a las indicaciones del Agente, al llegar a su altura aceleró, embistiendo al Agente Forestal que tuvo que apartarse para evitar ser arrollado.”

Según se desprende de la propia sentencia la declaración el condenado incurrió durante el juicio en varias contradicciones afirmando que vio al Agente en el camino, pero no reconoció que se tratara de un Agente de la Autoridad, pese a ser cazador y conocer perfectamente el uniforme que portan los Agentes Forestales del gobierno regional. La declaración del único testigo (amigo y compañero del denunciado) también incurrió en numerosas contradicciones, que según el titular del juzgado dan toda credibilidad a la denuncia que en su día presentó contra J.M.H.G el Agente Forestal afectado, y que los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma trasladaron a los juzgados.

La condena se cimenta en un delito reflejado en el artículo 556 “los que resistieren a la autoridad o a sus agentes o los desobedecieren gravemente en el ejercicio de sus funciones” así como el artículo 634 del Código Penal, castiga a los que faltaren al respeto o consideración debida a los Agentes de la autoridad. Considerando el “atentado” consiste en la idea básica de enfrentamiento a los Agentes de la Autoridad, y en este particular caso con riesgo evidente para la integridad física del mismo.

Desde la Sección Sindical de Agentes Forestales de FSP-UGT consideramos esta sentencia ejemplar y altamente positiva. Los Agentes Forestales son Agentes de la Autoridad a todos los efectos, y tienen la consideración legal de Policía Judicial.

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