Las pymes, autónomos, las grandes corporaciones, obligados por los nuevos plazos de pago para operaciones comerciales

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Las pymes, autónomos, las grandes corporaciones, obligados por los nuevos plazos de pago para operaciones comerciales. La modificación de la Ley de Lucha contra la Morosidad, publicada ayer en el BOE, obliga al pago en un plazo máximo de 60 días entre empresas y de 30 días para operaciones entre empresas y administraciones públicas desde 2013.

La FER y CEAT quieren manifestar que esta reforma va a originar una mayor flujo de liquidez para las pequeñas empresas y autónomos, que es el problema fundamental que tienen los empresarios durante la crisis económica. La nueva norma impone un plazo máximo obligatorio, sin posibilitar un acuerdo voluntario entre las partes, para el pago de cualquier operación comercial.

Como novedades, la modificación de la Ley y establece unos plazos de pago obligatorios para todas las operaciones realizadas entre entidades mercantiles, proponiendo un plazo máximo de pago de 60 días, de forma obligatoria a partir de enero de 2013, plazo que no puede evitarse incluso aunque exista un acuerdo entre las partes.

La norma modificada pone orden a determinadas prácticas abusivas que provenían tanto del conjunto de las administraciones públicas, como de las grandes compañías multinacionales, que establecen plazos de pago insostenibles para las supervivencia de las pymes y de los autónomos riojanos

Asimismo, se plantea un periodo de adaptación transitorio desde la entrada en vigor de esta normativa para estas operaciones, que culminará el 1 de enero de 2013. A continuación exponemos los distintos plazos máximos para el pago de las operaciones dependiendo de las entidades participantes:

Cualquier retraso en el pago por los plazos permitirá al afectado reclamar indemnización por los costes de cobro originados como consecuencia del incumplimiento del cobro.

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