Condenan a prisión a tres miembros de los GRAPO por secuestro y robo de una entidad bancaria

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La Audiencia Nacional ha condenado a 29 años de prisión a los miembros de los GRAPO Israel Clemente López y a Jorge García Vidal por los delitos de detención ilegal, robo con violencia e integración en banda armada y a dos años de cárcel a Manuel Ramón Arango Riego por un delito de receptación. Los acusados habían secuestrado al empleado de un banco de Murcia en 2007 para robar en la entidad y así conseguir capital para financiar las actuaciones de la banda terrorista.

Además, entre los tres tendrán que indemnizar a la entidad bancaria CajaMar con 34.666 euros y Jorge García e Israel Clemente también al empleado de la entidad Pedro José Valverde Mejías, que fue secuestrado, con 200.100 euros.

La sentencia considera hechos probados que Israel Clemente practicó labores de vigilancia a Valverde Mejías para conocer sus horarios y, posteriormente, junto a Jorge García, lo secuestró cuando procedía a salir de su domicilio. Tras ello, se trasladaron con él en el vehículo del secuestrado hasta la entidad bancaria, donde procedieron a robar el dinero de la caja y a atar y encerrar al empleado, que se encontró en esa situación hasta que apareció una de sus compañeras de trabajo.

ARANGO DISTRIBUYÓ EL DINERO

El dinero fue íntegramente entregado a Manuel Ramón Arango, que conocía su procedencia y se encargó de distribuirlo. Además, el tribunal considera que las pruebas contra los acusados eran “inusualmente demoledoras por su cantidad y cualidad”.

Tanto Jorge como Israel reconocieron su participación en los hechos, con un relato muy similar tanto al escrito de conclusiones provisionales del fiscal como a la declaración de acusado pero, aunque el representante del Ministerio Público los acusaba de ser meros integrantes en la banda terrorista GRAPO, ambos insistieron en presentar al segundo de ellos como “responsable máximo del comando central”.

Mientras el fiscal Juan Moral “rebatía la cualidad en este acusado de jefe de la organización”, Israel -recuerda la sentencia- “mostraba gran desagrado y, con gesto de sorpresa se comunicaba con su compañero de banquillo, Jorge García”.

SITUACIÓN CURIOSA

“Situación ésta cuando menos curiosa, que resultó acrecentada cuando el coprocesado García Vidal, utilizó el trámite de la última palabra, no para decir algo en pos a su defensa, sino para recalcar, con cierto enojo, que Israel era el jefe de la organización GRAPO -ha subrayado la sentencia- Este tribunal, vista la insistencia de los dos acusados, no tiene por qué dudar de la jefatura de Israel Clemente en el comando ejecutor de la organización terrorista GRAPO, pero como dicho comando se componía sólo del referido Israel y del coacusado Jorge García Vidal, en definitiva aquél sería sólo jefe de éste, y nada más.

La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Ángela Murillo, recoge el “indudable interés” de estos dos procesados intentando exculpar a Arango, a quien uno de los peritos reconoció como dirigente de la banda.

Asimismo, se recoge como prueba la grabación de la cámara de seguridad de la entidad bancaria en las que “se veía nítidamente el rostro de los dos acusados”, especialmente el de Israel Clemente, que “parecía expresamente colocado para realizarse una fotografía”.

NO NEGÓ LOS DOCUMENTOS

En cuanto a Arango Riego, el tribunal considera que el delito de robo con finalidad terrorista no se encuadra en los hechos que se le pueden atribuir, pero sí el delito de preceptación. Añade la sentencia que este acusado “quería despojarse de cualquier tipo de responsabilidad” con su empeño en convencer de que el Partido Comunista Español reconstituido PCE(r) t los GRAPO son organizaciones diferentes a pesar de que el propio Tribunal Constitucional haya dictado lo contrario.

Además, los documentos incautados tanto en su poder cuando fue detenido como en la entrada y registro de su domicilio que “en ningún momento fueron negados por el acusado” lo implican como receptor del dinero robado. El acusado se limitó a decir que la documentación no fue confeccionada por él, ignorando quien fuera el autor, afirmó que desconocía su existencia pero “la explicación acerca del hallazgo brilló por su ausencia”.

Así, ha subrayado la sentencia que los delitos de robo y detención “tenían como única y exclusiva finalidad favorecer, intervenir, de forma decisiva, en orden de alcanzar las finalidades de la organización terrorista GRAPO”.

Durante el juicio, celebrado entre el 17 y el 18 de junio, el fiscal solicitó 19 años de prisión para Clemente y para García, pena que confirmó la Sala, mientras que para Arango solicitaba siete, y el tribunal lo rebajó a dos. Arango ya se encuentra en libertad por haber cumplido parte de su condena en prisión provisional.

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