Medidas extraordinarias para la temporada de caza del ciervo 2010-2011

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La Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial establecerá medidas de carácter extraordinario para la caza de ciervo en batida en la Comunidad Autónoma de La Rioja durante la temporada cinegética 2010-2011 que serán debatidas previamente en el próximo Consejo Regional de Caza.

Las acciones van dirigidas a disminuir la densidad de las poblaciones de ciervo en las zonas afectadas por el foco de sarna detectado y limítrofes, así como en aquellas otras zonas en que originan daños en cultivos o en accidentes de tráfico. Por este motivo, se habilita la posibilidad de aumentar el número de batidas mixtas en los cotos que ya tienen autorizada alguna y de autorizar alguna batida en los que, pese a tener constatada la presencia de ciervo actualmente, no lo cazan actualmente en batida. En definitiva se pretende ampliar el número de batidas mixtas de ciervo sin ampliar el número total de batidas.

Asimismo, se autoriza a cazar a ciervos machos o hembras, indistintamente y sin limitaciones en cuanto a la calidad de los trofeos de los machos, y se suprime la limitación del número de capturas por cacería.

Estas acciones implican la modificación de las resoluciones de aprobación de los Planes Técnicos de Caza. En el artículo 75 del Reglamento de Caza se establece la posibilidad de tomar medidas excepcionales que afecten a la regulación de la caza de los cotos, al margen de lo señalado en sus respectivos planes técnicos de caza. Además, se hace necesario modificar el artículo 8.2 de la Orden que regula la caza en batida en la Reserva Regional de Caza y Cotos Sociales de La Rioja para eliminar la limitación del cupo de capturas por batida.

Este paquete de medidas responde al incremento de las poblaciones de ciervos, que se han ido expandiendo progresivamente de las zonas de sierra de carácter forestal a otros terrenos forestales y zonas de antiguos cultivos abandonados. Como consecuencia, se viene constatando su presencia estable en terrenos situados al pie de la zona de sierra, produciendo daños en cultivos que causan conflictos con los agricultores propietarios de las explotaciones afectadas. Además, su expansión se está traduciendo en su creciente implicación en accidentes de tráfico por su irrupción en vías de comunicación.

Un tercer motivo que ha llevado al Gobierno de La Rioja a intervenir es la aparición de un foco de sarna sarcóptica en ejemplares de ciervo en la Sierra de la Demanda, en el río Calamantío y en la zona de Ezcaray. Esta enfermedad se ha manifestado con gran virulencia en otras regiones de España en las que se han reducido enormemente las poblaciones silvestres de rebeco y cabra montés y, de un modo mucho menos virulento, los ciervos que compartían ecosistema.

Se debe tener en cuenta, además, que la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural aconseja mantener las poblaciones en densidades que reduzcan la posible incidencia como reservorios de enfermedades de la ganadería doméstica.

En el marco de la propia Orden que anualmente publica la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial, en la que se fijan las limitaciones y periodos hábiles de caza en la Comunidad Autónoma de La Rioja para cada temporada, se establece la posibilidad de tomar medidas urgentes para prevenir daños en la riqueza faunística de La Rioja.

En próximas campañas y en función de las poblaciones de ciervos y de su estado sanitario, se pondrán proponer medidas en los planes técnicos de caza.

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