Más igualdad en la discapacidad

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El Comité Español de Representantes de personas con Discapacidad (CERMI) reclama que el incumplimiento de la cuota de reserva de empleo para personas con discapacidad sea tipificada como “muy grave”, implicando sanciones que oscilarían entre los 6.251 y 187.515 euros a través de una serie de propuestas de enmiendas en materia de empleo para que se incorporen en la reforma laboral.

El cambio de tipificación de “grave” a “muy grave” supondría para las empresas la pérdida automática de las ayudas, bonificaciones y los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, con efectos desde la fecha en que se cometió la infracción y la exclusión del acceso a tales beneficios por un periodo máximo de un año.

Con esta medida se busca mejorar la bonificación en las cuotas de la seguridad social para los trabajadores con discapacidad que quieran establecerse como autónomos, incrementándola del 50 al 70 por ciento si es hombre y al 90 por ciento si es mujer. Además, el comité explica que se aplicaría la bonificación sobre la base real de cotización y pasaría de temporal a indefinida para equiparla a los contratos de trabajo indefinidos.

El CERMI ha manifestado estas peticiones a través de un documento de propuestas de enmiendas en materia de empleo para personas con discapacidad remitido a senadores para su incorporación al Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo. Por otro lado, en su documento insta a las fuerzas políticas a la equiparación legal de las personas con inteligencia límite a las personas con discapacidad a efectos de su inclusión laboral para que, con independencia del grado concreto de discapacidad, puedan disfrutar de las medidas de acción positiva en el orden laboral y de acceso al empleo.

Otro de los asuntos que trata el texto es el problema surgido en los Centros Especiales de Empleo (CEE) como consecuencia de la doctrina jurisprudencial en materia de subrogación laboral, es decir, de la modificación de las condiciones de un contrato para sustituir a una persona. Así, el CERMI pretende que cuando un trabajador con discapacidad contratado por uno de estos centros, según el decreto que regula la relación laboral de carácter especial de las personas con discapacidad que trabajen en un CEE, deba ser subrogado en su empleo por una empresa ordinaria “se produzca la renovación de su contrato de trabajo en uno ordinario, que mantenga los mismos derechos y obligaciones que el anterior”.

Para finalizar, el comité propone que los CEE no pierdan su condición si asumen trabajadores sin discapacidad provenientes de una subrogación laboral y, como consecuencia, disminuye el 70% de personal con discapacidad que insta la ley.

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