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Reabiertos “los espionajes” de Madrid a la puerta de las elecciones

Europa Press

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La Audiencia Provincial de Madrid ha reabierto el “caso del espionaje” al apreciar indicios de un delito de malversación de caudales en los supuestos seguimientos realizados por funcionarios de la Comunidad de Madrid al vicealcalde de Madrid, Manuel Cobo, y al ex consejero de Justicia Alfredo Prada en 2008.

En un auto, la Sección Decimosexta estima el recurso de apelación interpuesto por el PSOE contra el auto de la juez Carmen Valcarce que ordenó el archivo de la causa el pasado 15 de julio al no acreditarse que ninguno de los imputados destinaron los bienes de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior “de forma principal a actividades ajenas a la función pública”.

En el recurso del PSOE, que entró en la Sala el pasado 1 de marzo, los socialistas fundamentaron su queja en que presentaron hasta diez pruebas, entre ellas una relación de vehículos oficiales y móviles, o la declaración de diferentes testigos, y no se llegaron a realizar.

“Ni siquiera ha habido resoluciones de inadmisión de las mismas sino más bien las solicitudes de práctica han resultado 'aparcadas' esperando, creíamos, el mejor momento en el devenir del procedimiento para acordarlas sin que ni siquiera se diera traslado a las partes y al Ministerio Fiscal para que se pronunciara sobre la validez de las mismas”, señalaban en el texto.

En la causa instruida por la juez Carmen Valcarce estaban imputados tres ex guardias civiles asesores de la Consejería de Justicia, José Oreja Sánchez, José Luis Caro y Antonio Coronado; el ex director de Seguridad de la Comunidad de Madrid Sergio Gamón; y el empleado público Manuel Pinto.

Casi diez meses después del archivo provisional, la Audiencia madrileña emite un nuevo auto en el que menciona que los informes policiales elaborados en el marco de la instrucción determinaron la autoría de los imputados en los partes de seguimientos incorporados en la causa.

Así, recalca que se llegó a esta conclusión tras “una laboriosa tarea de investigación y cruce de datos”, citando la información aportada por las compañías telefónicas en cuanto a los posicionamientos telefónicos de los imputados que les situaban en los lugares donde se habían producido las vigilancias.

De este modo, los magistrados señalan que este trabajo policial consiguió establecer “la correlación de los posicionamientos de los tres asesores con el contenido de los seguimientos reflejados por los partes”. Además, los magistrados dan poca validez a las alegaciones de los asesores en las justificaban su presencia en los alrededores de Cibeles por “la existencia de varias consejerías en la zona”.

En este sentido, la Sala sostiene que las declaraciones de los imputados en el procedimiento juegan como indicio en contra, dada su “imprecisión, vaguedad y ausencia de credibilidad”. Así, asegura que los indicios existentes contra Sergio Gamón vienen de las propias declaraciones de sus subordinados.

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