La fiscalía no pedira medidas de control para Troitiño

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La Fiscalía de la Audiencia Nacional no tiene previsto pedir la imposición de medidas de control y vigilancia al ex preso etarra Antonio Troitiño mientras se resuelve el recurso de súplica contra su puesta en libertad que el Pleno de la Sala de lo Penal resolverá el próximo día 25 de abril.

También se descarta la posibilidad de solicitar el control policial para evitar una eventual fuga del etarra, ya que, tras su puesta en libertad, Troitiño no tiene ninguna causa pendiente con la Justicia.

De la misma forma, las citadas fuentes han descartado la posibilidad de que el ex miembro del comando Madrid más sanguinario de ETA pueda volver a integrarse en la organización terrorista debido al largo periodo de 24 años que ha permanecido en prisión. Troitiño estaba condenado por 22 asesinatos perpetrados entre 1983 y 1986 a un total de 2.746 años, aunque la aplicación de la doctrina del Tribunal Constitucional sobre el doble cómputo de la prisión preventiva y su aplicación sobre el límite máximo de 30 años de cumplimiento ha permitido adelantar su excarcelación, inicialmente prevista para 2017.

Sin embargo, en octubre de 2010 la Fiscalía pidió la “vigilancia permanente” del ex jefe militar de ETA Ignacio Gracia Arregui, alias Iñaki de Rentería, después de recurrir el auto que acordaba su puesta en libertad y el archivo de la causa que se seguía contra él por el intento de asesinato del Rey en Palma de Mallorca.

En aquel caso, el Ministerio Público solicitó al tribunal que dejara “en suspenso” esta causa hasta que se pudiera “subsanar el defecto” que existía en el procedimiento después de que en 2008 las autoridades francesas entregaran a Iñaki de Rentería a España únicamente por el delito de integración en organización terrorista, respecto del cual ya había cumplido ocho años de prisión en Francia.

Además, uno de los compañeros de Troitiño en el comando Madrid, Iñaki de Juana Chaos, se encuentra en paradero desconocido después de que el juez Eloy Velasco le imputara un delito de enaltecimiento del terrorismo después de que, a su salida de la cárcel en agosto de 2008, leyera una carta en la que se incluía la expresión 'Aurrera bolie (adelante con la pelota)', que el instructor interpretó como una defensa de la lucha armada.

El fiscal pidió este jueves a la Sala de lo Penal que “se deje sin efecto la puesta en libertad del penado Antonio Troitiño” y que “proceda al abono de las prisiones provisionales sufridas de manera sucesiva según se vayan cumpliendo las diversas penas por la que ha sido condenado, hasta alcanzar el límite de 30 años de prisión”.

Según se desprende del recurso de súplica presentado por el Ministerio Público, esta petición supondría mantener como fecha de cumplimiento y excarcelación del ex miembro del comando Madrid el 17 de enero de 2017, en aplicación de la conocida como doctrina Parot.

La Fiscalía se opone de este modo a la aplicación por parte del tribunal presidido por el juez Alfonso Guevara de la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional en la sentencia 57/08, que se opone a la del Tribunal Supremo y contempla la obligación de restar el tiempo que permanezca un recluso en prisión preventiva de cada una de las penas que esté cumpliendo por otros delitos.

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