En tela de juicio el régimen de detención español

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El derecho internacional establece el derecho de toda persona a no ser sometida a tortura o trato o pena cruel, inhumano o degradante. Es deber de los Estados demostrar su condena absoluta a tales actos, tanto en el plano de su legislación interna como en las actuaciones de todos sus funcionarios. Además de respetar la prohibición de la tortura y los malos tratos, es obligación de los Estados investigar de forma inmediata tales actos, someter a los responsables a un proceso justo, imponerles un castigo y ofrecer a las víctimas una reparación adecuada.

Por todo ello, Amnistía Internacional , con motivo de la celebración este domingo del día internacional de apoyo a las víctimas de tortura, ha publicado el informe La tortura como receta: de la lucha antiterrorista a la represión de la primavera árabe, en el que pone de relieve que aunque 147 países hayan ratificado este derecho internacional, la tortura sigue siendo una práctica generalizada.

En cuanto a España, considerada el país de la Unión Europea (UE) más severo en las restricciones empleadas en su régimen de detención, preocupa en particular la detención de personas en régimen de incomunicación, los casos de tortura y malos tratos de personas extranjeras por parte de las fuerzas de seguridad y la falta de investigaciones imparciales y mecanismos efectivos de rendición de cuentas y reparación a las víctimas cuando se producen estos hechos.

La organización recuerda que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado en varias ocasiones a España por no investigar adecuadamente las alegaciones de tortura. Por otro lado, también acusa al país de no cumplir el compromiso adquirido en el Plan de Derechos Humanos aprobado en 2008, que se basa en la recopilación de datos sobre casos que pudieran suponer violaciones de derechos humanos contra personas bajo custodia policial.

El informe destaca que en mayo de 2010 Naciones Unidas recomendó a España la abolición de régimen de incomunicación a personas sospechosas de actividades terroristas, pero el Gobierno volvió a rechazarla.

El régimen de incomunicación que mantiene España, consiste en la posibilidad de mantener detenida e incomunicada a una persona por un periodo de hasta 13 días, los primeros 5 sin tener la oportunidad de ser llevado ante un juez, también pueden verse privadas de acceso efectivo a un abogado o a un médico de su elección y la imposibilidad de informar de su detención a su familia ni a sus amistades. Todos estos aspectos violan las normas internacionales de derechos humanos como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Amnistía Internacional se opone a esta medida restrictiva de manera frontal, ya que la considera una práctica que facilita la tortura y los malos tratos y que aumenta el riesgo de violaciones de derechos humanos contra los detenidos. La preocupación de Amnistía Internacional es compartida por organismos como el Comité contra la Tortura, el Relator contra la Tortura de Naciones Unidas o el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura.

No obstante, son las denuncias de tortura y otros malos tratos formulados por detenidos que han estado incomunicados, las que verifican las graves consecuencias que este régimen de detención puede tener. De hecho, en los últimos años Amnistía Internacional ha documentado detenciones ilegales y malos tratos con componente racista, especialmente a ciudadanos extranjeros, y ha denunciado también la impunidad que parece amparar a los que cometen esta violaciones de derechos humanos, como también, la falta de garantías para las víctimas de estos delitos de obtener una reparación satisfactoria.

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