Garoña se cierra en 2013

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Esta iniciativa verde comparte eslogan y petición para todas las centrales nucleares españolas, pero Santa María de Garoña será la primera en echar el cierre a sus instalaciones el próximo 6 de julio de 2012. En la sentencia notificada se responde a once recursos presentados contra Industria, que pedía su prórroga hasta 2019.

Entre quienes apoyaban mantener las instalaciones se encuentran la Junta de Castilla y León así como Nuclenor, la propietaria de la central nuclear, frente a Greenpeace y Ecologistas en Acción que se mostraban contrarios a prorrogar la vida de Garoña mucho más.

Los magistrados han concluido que para prorrogar la explotación de una central ya existente no es necesario una evaluación de impacto ambiental, ya que estiman que no se trata de construir una nueva, y rechazan una “desviación de poder” por parte de Industria porque consideran lícito que para decidir sobre la renovación “puede pesar una determinada opción de política energética del Gobierno basada en el fomento de las energías renovables”.

A lo largo de más de 50 folios los magistrados analizan los argumentos de los recurrentes y concluyen que para prorrogar la explotación de una central ya existente no es necesario una evaluación de impacto ambiental, ya que estiman que no se trata de construir una nueva.

Sin perjuicio, añaden, de que se deban tener en consideración los informes de las autoridades medioambientales y que se obtengan las autorizaciones necesarias, en particular las de carácter medioambiental. Los magistrados tampoco estiman que se haya incumplido el trámite de audiencia a las Comunidades Autónomas ni que sea necesario un trámite general de información pública, como alegaban algunos de los recurrentes.

En este sentido, la Sala ha tenido en cuenta que las entidades que pudieran sentirse lesionadas en su derecho de acceso a la información y participación en el Procedimiento no reclamaron frente a la pasividad de la Administración, por lo que el Tribunal concluye que este se respetó. El Tribunal también considera que la autorización de la prórroga no significa, como argumentaba la empresa Nuclenor y otros recurrentes, que el titular de la explotación tenga “ un derecho indefinido y temporalmente ilimitado, a continuar explotando la misma”.

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