La Comisión Nacional de Competencia advierte de que no es legal el contrato tipo del vino

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La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha advertido en Logroño de que “no es legal” el establecimiento de un contrato tipo con una fijación de precio.

La vocal asesor de la Dirección de Investigación de la CNC, Luz Labrada Tellado, ha expuesto este planteamiento en su intervención dentro de la Conferencia Anual de la Asociación Internacional de Juristas de Derecho de la Viña y el Vino, que se celebra en Logroño.

Labrada Tellado ha precisado, en declaraciones a EFE, que en España existen dos resoluciones de la CNC en el marco de la Denominación de Origen de Jerez por pactar precios.

Los contratos tipo entre viticultores y bodegueros es uno de los asuntos tratados en esta reunión, dada la trascendencia que el asunto ha tenido también en Rioja, ante la reivindicación de los viticultores que exigen precios dignos para sus uvas y unos contratos con precio y fecha de entrega.

Luz Labrada ha asegurado que el contrato homologado “no plantea problema desde el punto de vista de la normativa de la Competencia”, siempre que no incluya precios en ninguna de sus cláusulas.

Ha precisado que, “en general, los acuerdos de precios son muy dañinos para la competencia y, por lo tanto, contrarios a la normativa de Defensa de la Competencia”.

Su intervención se ha basado en definir cuándo un acuerdo es contrario a la normativa de Defensa de la Competencia, que prohíbe los acuerdos de fijación de precios, delimitación de la producción de reparto de mercado o de clientes.

Luz Labrada ha informado de que en España existen contratos homologados por el Ministerio de Medio Ambiente, a través de distintas órdenes ministeriales, como el aprobado el pasado año para Rioja.

“Si estos contratos no contienen cláusula anticompetitiva alguna, en principio no revisten problema, aunque habría que analizarlo caso por caso, y no se puede hacer un pronunciamiento general”, ha recordado.

En este contexto, ha asegurado que la libertad contractual entre las dos partes que negocian un contrato, como puede ser viticultor y bodega, “es legal, pero no un contrato tipo para todo el sector con una fijación de precio”

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