El Supremo revisará esta semana la condena a Otegi por intentar reconstruir Batasuna

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El Tribunal Supremo verá el próximo miércoles los recursos contra la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó a diez años de prisión al exdirigente abertzale Arnaldo Otegi y al ex secretario general del sindicato LAB Rafa Díez Usabiaga por querer reconstruir Batasuna a través del grupo Bateragune.

La Sala de lo Penal ha convocado ese día a las diez y media una vista pública en la que estudiará los recursos interpuestos por Otegi, Díez Usabiaga, Miren Zabaleta, la extesorera del PCTV Sonia Jacinto y el responsable de Haika en Álava Arkaitza Rodríguez.

Si el Supremo estimara su recurso y le absolviera u ordenara la repetición del juicio, Otegi, que cumple condena en la prisión de Logroño, sería previsiblemente excarcelado, ya que aunque tiene otro sumario pendiente -el conocido como de las “herriko tabernas”- la Audiencia Nacional le dejó en libertad provisional en esta causa el 20 de abril de 2011.

Otegi y Díez Usabiaga fueron condenados el 16 de septiembre del pasado año a diez años de cárcel por pertenencia a ETA, mientras que a Zabaleta, Jacinto y Rodríguez se les impuso una pena de ocho años y los otros tres procesados -Txelui Moreno, Amaia Esnal y Mañel Serra- fueron absueltos después de que la Fiscalía retirara la acusación durante el juicio.

El tribunal consideró acreditado que los cinco condenados cumplían las instrucciones que les marcaba ETA y que en 2007 se desarrolló en el seno de la banda un proceso de reflexión acerca de cómo seguir utilizando a la izquierda abertzale como su brazo político, “impartiéndole órdenes sobre cómo actuar desde la posición de superioridad orgánica” que ostentaba la banda sobre ella.

La Audiencia Nacional consideró que en 2008 ETA encomendó a los condenados la formación de una comisión de coordinación que llevara a efecto la nueva línea estratégica de acumulación de fuerzas soberanistas “en aras a la culminación del proceso independentista”.

Un grupo que, según la Fiscalía, se llamó Bateragune, aunque el tribunal señaló que no existía constancia suficiente de que fuera esa su denominación.

La sentencia destacó entre los indicios las reuniones que los condenados mantuvieron en la sede del sindicato LAB y los desplazamientos que hicieron a Francia para entrevistarse con personas del entorno de ETA, así como documentos en los que la banda ordenaba a la izquierda abertzale emprender acciones de índole política y otros en los que ésta cumple esos mandatos.

También valoró la “idéntica nomenclatura o terminología” utilizada por ETA y la izquierda abertzale y la ausencia de actuaciones de los acusados que denotaran un verdadero distanciamiento de las tesis de la banda terrorista.

En este sentido, la sentencia destacaba que ni Otegi ni sus compañeros condenaron nunca la violencia de ETA.

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