Las integrantes de Kirké: Feministas Radicales en Acción La Rioja asistimos consternadas a los últimos acontecimientos relacionados con la demanda interpuesta por Pedro Fuentes, expresidente de la asociación pro-gestación por sustitución “Son Nuestros Hijos”, contra Sara Carreño Valero, reconocida feminista y titular de la Dirección de Derechos Humanos del Gobierno de La Rioja. El motivo de fondo son las afirmaciones de la demandada en torno a la práctica de la gestación subrogada como “explotación reproductiva de mujeres y (…) una compraventa de bebés”, tal y como señala la propia Carreño en un comunicado emitido el 23 de junio.
Después de la sorpresa inicial, hemos pasado a un estado de indignación que nos ha empujado a reaccionar y expresar públicamente nuestro apoyo absoluto a Sara Carreño y a todas las compañeras que, cargadas de valentía, alzan su voz contra una práctica violenta contra las mujeres que se ceba con las más desfavorecidas y se aprovecha de la necesidad de estas sin ningún tipo de escrúpulo. Porque, a fin de cuentas, ¿qué mujer que no esté expuesta a graves problemas económicos va a prestarse a alquilar su cuerpo y exponerlo a un embarazo para que la hija o hijo que ha llevado en su vientre le sea arrancado de sus brazos?
Consideramos absolutamente necesario poner en situación estos hechos, aportando datos sobre la cuestión. En primer lugar, hay que recordar una vez más que esta práctica (que recientemente se ha intentado blanquear, por ejemplo, en el congreso ANACER celebrado en Bilbao los días 16 y 17 de junio de este mismo año) es ilegal en España, tal y como se recoge en el artículo 10 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida (LTRHA)[1]. Así mismo, la alteración de la filiación que se da siempre en la "gestación subrogada" aparece tipificada como delito en el artículo 221 del Código Penal[2]; y los artículos 32 y 33 de la más reciente Ley Orgánica 1/2023 de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 1/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo refuerzan su prohibición y la de la publicidad sobre estas prácticas.
Sin embargo, en España aún es posible recurrir a la explotación reproductiva de las mujeres en terceros países. Esta situación se da porque se facilita de facto que los “progenitores no gestantes” incurran en fraude de ley a través de la Instrucción de 5 de octubre de 2010 sobre el régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación subrogada, que permite en determinados supuestos, la inscripción de estos menores en los registros civiles de los consulados españoles.
Así, asociaciones como “Son Nuestros hijos” pueden publicitar sin ningún tipo de rubor o vergüenza estas prácticas, consideradas contrarias a la aplicación de los principios fundamentales de los Derechos Humanos y a la “dignidad humana de la mujer” por instituciones supranacionales como el Parlamento Europeo[3]. Esta asociación, en concreto, presenta en su página web un amplio contenido e informaciones sobre cuál es el procedimiento, consejos sobre la elección de países a los que recurrir para buscar a las “gestantes” e, incluso, recomendaciones sobre el vocabulario a emplear. En este sentido, conscientes de que la expresión “vientre de alquiler” deja mucho más claro que se trata de una forma de explotación de la capacidad reproductiva de las mujeres, señalan que “el uso del término vientre de alquiler es vejatorio para nuestras familias y nuestras gestantes”[4].
Entendemos que los integrantes de esta asociación son conscientes del carácter vejatorio y violento de estas prácticas, que nosotras llamaremos explotación reproductiva por ser un término mucho más apropiado desde un punto de vista feminista radical. Tenemos claro, también, que conocen de sobra la prohibición explícita de estas en el conjunto normativo español y las calificaciones como “contrarias a la dignidad de la mujer” con las que instituciones como el Parlamento Europeo o la ONU las han definido. Sin embargo, son conocedores también de la posibilidad de incurrir en fraude de ley y, por tanto, de saltarse todas estas prohibiciones para satisfacer sus deseos de maternidad/paternidad por encima de los derechos de las mujeres a las que recurren para que gesten los bebés que van a comprar (porque si en esta transacción media dinero es, a fin de cuentas, una compra).
Y a pesar de todo ello, no podemos más que expresar nuestra sorpresa al comprobar que insisten una y otra vez en que la “Gestación subrrogacional”, como ellos la llaman, es una más de las Técnicas de Reproducción Asistida disponibles[5]. Resulta evidente que tras estas afirmaciones reside una idea equivocada de que la maternidad/paternidad es un derecho. Y nosotras lamentamos profundamente pinchar este globo al que se agarran: no, no lo es. Los deseos personales, por más que intenten vender lo contrario, no son derechos.
Es más, la asociación “Son nuestros hijos” forma parte del grupo de promotores del I Congreso Internacional de mujeres y gestación por sustitución, evento que se celebrará en Bilbao entre el 21 y el 22 de julio y contra el que grupos feministas ya han alzado la voz. En el fondo, se trata de presentar la explotación reproductiva ante la sociedad como un práctica aceptable e incluso deseable a través de la celebración de encuentros que pretenden revestirse de cierta área academicista. En otras palabras, blanquear, blanquear y blanquear.
Según la ONG International Social Security, con datos calculados para el año 2017, en el mundo nacen unos 20.000 bebés fruto de la gestación subrogada[6]. Esta cifra aproximada nos puede ayudar a imaginar cuánto dinero mueve la explotación reproductiva, pero por sí sola no es suficiente para hacernos una idea clara al respecto.
A ella hay que sumarle los datos puramente económicos. Según Global Market Insights, la industria mundial de la subrogación comercial creció hasta unos 12.780 millones de euros. En la próxima década se prevé que esta cifra aumente hasta los 117.000 millones de euros[7]. Las cifras resultan inabarcables para la mayoría de nosotras, acostumbradas en nuestro día a día a manejar cantidades infinitamente más pequeñas. Sin embargo, dan buena cuenta de los intereses económicos que existen detrás del blanqueamiento de la explotación reproductiva de las mujeres al que se suman asociaciones como “Son nuestros hijos” y personas que no dudan en contar su experiencia como si de una gesta se tratase, como el señor Pedro Fuentes.
Si miramos un poco más allá podremos apreciar cómo estas prácticas afectan a mujeres procedentes de países en los que su situación no es para nada la de unas personas libres y con capacidades económicas suficientes para la subsistencia. Según el mismo informe, cada vez más mujeres recurren a trabajar como sustitutas comerciales en países como Georgia y México, pero también otros como Ucrania, que ha quedado a un lado a consecuencia de la guerra, donde el alquiler de vientres es legal.
Resulta fundamental señalar, además, las cuantías del SMI de algunos de estos países, datos fácilmente accesibles con una simple búsqueda en Google: en Georgia salario mínimo interprofesional para 2022 asciende a la escalofriante cifra de 5,7 € al mes, es decir 68 euros al año; y en México, a 207.44 pesos diarios (11,06 euros diarios; poco más de 2.650 euros anuales). En vista de estos datos, ¿queda alguna duda de que este negocio se aprovecha de las mujeres en situaciones más desfavorecidas para explotarlas?
No podemos obviar, vistos los datos, que las partes implicadas en estos hechos lamentables son empresas que firman un contrato y ganan un dinero a través de estas actividades denigrantes para las mujeres. No lo hacen por amor al arte. Las personas que ofrecen estos servicios son profesionales cuyo trabajo es ese: no son voluntarias. Y someten a las mujeres con contratos que les arrebatan el poder de decisión sobre su vida y su cuerpo: esos contratos son ilegales en España, y ello les lleva a recurrir a terceros países perpetuando la esclavización y explotación de las víctimas.
Una vez puestos sobre la mesa los datos más relevantes, reiteramos nuestro total apoyo a Sara Carreño Valero. Entendemos que lo único que de lo que se le puede hacer responsable es de defender los derechos de las mujeres y los bebés ante los abusos de una actividad ilícita en nuestro país, a pesar de los reiterados intentos de blanqueamiento que estamos viviendo en los últimos tiempos. Utilizar leyes vigentes nacionales y supranacionales para indicar que este uso y abuso de las mujeres es ilegal además de inmoral es simplemente una constatación de la realidad. Ser denunciada por esto puede sumirnos en un mundo de pesadilla en el que defender la legalidad y los derechos humanos esté penalizado. Abrir esta vía es peligrosísimo porque subyuga la ley al dinero y pone en peligro a todas las personas, no solo a las mujeres. El siguiente paso serán las personas sin suficientes medios económicos y esto nos convertirá en una sociedad esclavista.
Tenemos claro, además, que esta demanda responde a una estrategia bien conocida en nuestro país: tratar de socavar el ánimo y reputación de aquellas mujeres feministas que desde puestos de responsabilidad en las instituciones públicas defienden los derechos de las mujeres. Lo hemos visto en otras ocasiones, y lamentablemente vamos a seguir viéndolo. Por ello, consideramos necesario e irrenunciable alzar nuestra voz en contra de estas prácticas y apoyar a nuestras compañeras de lucha frente a los ataques del patriarcado, el machismo más recalcitrante y la misoginia que fundamenta todo tipo de violencias contra las mujeres (incluida, evidentemente, la explotación reproductiva).
Por ello, desde la asociación Kirké: Feministas Radicales en Acción La Rioja hemos decidido emitir el presente comunicado, cuyo principal objetivo se resume en la siguiente frase: Sara, no estás sola, todas estamos contigo. Porque no son sus hijos: los han comprado.
- Mapa: situación legal de la gestación subrogada en el mundo, del Dosier: Situación Legal de la Explotación Reproductiva en el mundo, Ana Trejo, Stop Vientres de Alquiler: https://stopvientresdealquiler.wordpress.com/marco-legal/
[1] “1. Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero.
2. La filiación de los hijos nacidos por gestación de sustitución será determinada por el parto.
3. Queda a salvo la posible acción de reclamación de la paternidad respecto del padre biológico, conforme a las reglas generales”
[2] "1. Los que, mediando compensación económica, entreguen a otra persona un hijo, descendiente o cualquier menor aunque no concurra relación de filiación o parentesco, eludiendo los procedimientos legales de la guarda, acogimiento o adopción, con la finalidad de establecer una relación análoga a la de filiación, serán castigados con las penas de prisión de uno a cinco años y de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de la patria potestad, tutela, curatela o guarda por tiempo de cuatro a 10 años.
2. Con la misma pena serán castigados la persona que lo reciba y el intermediario, aunque la entrega del menor se hubiese efectuado en país extranjero.
3. Si los hechos se cometieren utilizando guarderías, colegios u otros locales o establecimientos donde se recojan niños, se impondrá a los culpables la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de las referidas actividades por tiempo de dos a seis años y se podrá acordar la clausura temporal o definitiva de los establecimientos. En la clausura temporal, el plazo no podrá exceder de cinco años."
[3] Resolución del Parlamento Europeo, de 17 de diciembre de 2015, sobre el Informe anual sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo (2014) y la política de la Unión Europea al respecto. Número 115. “Condena la práctica de la gestación por sustitución, que es contraria a la dignidad humana de la mujer, ya que su cuerpo y sus funciones reproductivas se utilizan como una materia prima; estima que debe prohibirse esta práctica, que implica la explotación de las funciones reproductivas y la utilización del cuerpo con fines financieros o de otro tipo, en particular en el caso de las mujeres vulnerables en los países en desarrollo, y pide que se examine con carácter de urgencia en el marco de los instrumentos de derechos humanos”
[4] https://sonnuestroshijos.com/donde-realizar-gs/ [última consulta 24/06/2023]
[5] https://sonnuestroshijos.com/3097-2/ [última consulta 24/06/2023]
[6] Dato extraído de “La situación de la gestación subrogada en el mundo”, El País, 27/06/2017 [última consulta 24/06/2023]
[7] El informe completo puede encontrarse en https://www.researchandmarkets.com/reports/5732882/surrogacy-market-global-industry-trends-share?gclid=Cj0KCQjwqNqkBhDlARIsAFaxvww6gJiV_aG_-hVdKa3KWLUlHN5EaFpzcjfb7MLrtb4Mcbwwj0i0CtYaAv-iEALw_wcB#product—toc [última consulta 24/06/2023]